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Los frentes de las Centrales Receptoras de Alarmas

Los frentes de las Centrales Receptoras de Alarmas

Los frentes de las Centrales Receptoras de Alarmas

Lo explica José Ramón Becerra, director gerente de Grupo On Seguridad y presidente de AESCRA, Asociación Española de Centrales Receptoras de Alarmas en Escudo Digital

El anacrónico contexto legal de seguridad privada requiere una urgente actualización que elimine la inseguridad jurídica.

Hace poco explicaba en otro artículo en Escudo Digital, que una de las principales lacras de la actividad que desarrollamos las centrales receptoras de alarmas (CRA), es el excesivo número de falsas alarmas que producen los usuarios, unido al anacrónico contexto legal de seguridad privada que regula la actividad que requiere una urgente actualización.

Acababa concluyendo que trabajar en mejorar ambos frentes aportaría resultados significativos a corto plazo. La mejora del contexto legal incorporando mecanismos para cortar los avisos policiales en los casos de reiteración de falsas alarmas en establecimientos conectados voluntariamente a CRAs, produciría una reducción inmediata de miles de actuaciones policiales innecesarias. En torno al 90% de los avisos policiales que se pasan cada año son por falsas alarmas que no han logrado verificarse como falsas al mantener la consideración de alarma confirmada, un término legal que significa cumple unos requisitos donde se hace obligado avisar a los CFSE. Asimismo, una actualización legal permitiría digitalizar nuestra actividad, reduciría la burocracia inútil y aclararía un escenario que a veces genera discrepancias de interpretación en aspectos poco clarosincluso entre los propios medios policiales de control e inspección. No es fácil para nadie trabajar con un contexto legal regulatorio donde conviven una ley de Seguridad Privada de hace 9 años, ya mejorable en bastantes aspectos dado el ritmo al que avanza la tecnología y las necesidades sociales, con un Reglamento de hace 29 años que nació para complementar a una ley de 1992 derogada desde 2014. Y sin visos de que vaya a actualizarse pronto por simple desinterés político. Pero de momento, si nada cambia, en muchos aspectos del desarrollo de la actividad de una CRA la inseguridad jurídica está garantizada.

Por otro lado, una mayor concienciación de los usuarios reduciría las falsas alarmas en origen, haciendo más eficaz y productiva la labor de las CRAs, incluso permitirían el abaratamiento del servicio. Recordemos que, según nuestros datos estadísticos, en torno a un 70% de las falsas alarmas que recibe una CRA se deben a errores del usuario o causas imputables a su responsabilidad.

Mejorando la situación en ambos frentes ¿cuánto podría ahorrar el Estado reduciendo ese porcentaje, a todas luces mejorable, de intervenciones policiales inútiles? ¿cuánto mejoraría el rendimiento policial dedicando ese tiempo perdido a otras actuaciones de respuesta o vigilancia? ¿en qué medida podría abaratarse el precio del servicio de una CRA si no tuviesen que dedicar tantos recursos para comprobar millones de falsas alarmas producidas cada año por usuarios inconscientes del problema que con ellas generan? ¿en qué medida serían más rentables las CRAs, la mayoría pymes, si no perdiesen tanto esfuerzo, tiempo y dinero en burocracia legal inútil o a defenderse de tanta propuesta evitable de sanción y de reclamación? ¿se cortaría la sangría que año tras año reduce el número de empresas dedicadas a esta actividad, en la actualidad poco más del centenar? Todas las respuestas serían positivas mejorando la situación en ambos aspectos.

Otro de los frentes de batalla son las sanciones y el temor permanente a sufrirlas, pero no por estar haciendo conscientemente las cosas mal, sino por no tener la certeza de estar haciéndolas bien ante aspectos de dudosa interpretación legal o directamente indefinidos legalmente. No es difícil que los órganos policiales de control encuentren en sus inspecciones rutinarias aspectos a su entender sancionables. Muchas veces estará claro que lo son, pero otras muchas serán interpretaciones discutibles dado el complicado contexto legal. Con frecuencia encontramos que dan diferentes interpretaciones ante un mismo aspecto poco claro según la unidad provincial o el cuerpo policial que lo interpreta (Policía Nacional, Mossos, Ertzaintza o Guardia Civil). Pero es que en cierto sentido son igualmente víctimas de la situación. Ya quisieran, al igual que las empresas de seguridad a las que inspeccionan, mayor claridad legal. Cuando desde el sector se les pide un criterio unificado ante un mismo aspecto que están interpretando de manera diferente en distintos lugares, es frecuente encontrar en su respuesta, que nunca falta porque su actitud por ayudar es indiscutible, la coletilla de que el criterio dado no es vinculante, lo que en la práctica significa que no podemos utilizarlo como base firme que cortar las diferencias de interpretación. Estos órganos de control hacen lo que pueden, muchas veces flexibilizando las interpretaciones o dando tiempo y oportunidad para cambiar algo que entienden se está haciendo mal antes de iniciar un procedimiento sancionador, algo que es de agradecer. Pero sería mucho mejor para todos trabajar con un contexto legal mucho más claro y sencillo.

Otro de los frentes más preocupantes por su evolución es el incremento incesante de las reclamaciones de las compañías aseguradoras. Ahora es prácticamente seguro que tras un robo donde hayan indemnizado, iniciarán acto seguido una reclamación contra la empresa de seguridad instaladora, mantenedora y la CRA, o contra todas suponiendo que sean distintas. Buscarán todo resquicio de un, a su juicio, incumplimiento legal o falta de diligencia profesional en su actuación para llevar el mayor número de casos al contencioso administrativo. Y con un anacrónico, interpretable, incierto y burocratizado contexto legal, no será difícil encontrar material en el que sustentar la reclamación y jugársela ante un juez, que algunas veces les dará la razón total o parcialmente repartiendo responsabilidades y eso que habrán recuperado. Es decir, gracias al penoso contexto legal, las compañías de seguros han encontrado en las empresas de seguridad un reaseguro. Y otra cara de la misma moneda es que llegará el momento en el que a una empresa de seguridad le resultará imposible encontrar compañías de seguros que quieran cubrirles el riesgo de responsabilidad civil. Mala dinámica.

Hay otros frentes, algunos complejos, en el día a día de las CRAs, como defendernos a los ciberataques cada vez más frecuentes y sofisticados, la complejidad de tener que mantener frontales de recepción complejos (por diversos) donde tecnológicamente hablando convive lo más antiguo con lo más moderno en base al parque de equipamiento que tengan los clientes de las empresas instaladoras que conectan con ellas, la dificultad que esto conlleva a su vez para implantar sistemas back up eficaces que garanticen una continuidad de funcionamiento ante cualquier incidente, o la complejidad para encontrar personas que quieran hacer del trabajo de operador de CRA una profesión estable y no se lo tomen como un trabajo temporal hasta encontrar algo mejor, siempre y cuando el empresario colabore con retribuciones económicas aceptables y dignas. Pero de estos otros hablaremos en otro momento.

Dice el dicho que las cosas claras y el chocolate espeso. Las CRAs solo pedimos que nos dejen legalmente las cosas claras, que podamos llegar a trabajar en un contexto legal no sujeto a tanta interpretación, que en definitiva se suprima la inseguridad jurídica. Y estamos dispuestas a colaborar si la Administración nos quiere escuchar, podemos aportar datos, información e iniciativas. No sé si habrá muchos sectores industriales con tantas dificultades para desempeñar su actividad, pero les aseguro que en este, al menos de momento, no lo tenemos nada fácil.

 

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